¿Cuánto puede subir el arriendo en 2026? Incremento máximo con el IPC del 5,1 %
Cada enero llega la misma duda a millones de hogares: ¿cuánto me pueden subir el arriendo este año? En Colombia la respuesta no la decide libremente el propietario. Para la vivienda urbana, la ley pone un tope claro, y para 2026 ese tope es el 5,1 %, que fue la inflación (IPC) de 2025 según el DANE.
Qué dice la ley
La Ley 820 de 2003 regula el arrendamiento de vivienda urbana. Establece dos reglas que debes conocer:
- El reajuste se hace cada 12 meses de ejecución del contrato, no cada enero. Si firmaste en julio, el aumento aplica en julio.
- El aumento no puede superar el 100 % del IPC del año calendario anterior al reajuste. Para los reajustes que se hagan en 2026, ese IPC es el de 2025: 5,1 %.
Además, la misma ley establece que el canon mensual no puede superar el 1 % del valor comercial del inmueble. Es un límite poco conocido, pero existe.
Cómo calcular tu nuevo arriendo
Multiplica tu canon actual por 1,051. Por ejemplo:
- Arriendo de $1.000.000 → máximo $1.051.000.
- Arriendo de $1.500.000 → máximo $1.576.500.
- Arriendo de $2.300.000 → máximo $2.417.300.
Ese es el máximo: el propietario puede subir menos o no subir nada. Muchos prefieren un aumento menor para conservar a un buen inquilino.
¿Y la administración?
La cuota de administración la fija la asamblea de copropietarios, no el contrato de arriendo, así que puede subir en un porcentaje distinto. Revisa en tu contrato quién la paga: si el canon incluye la administración, el aumento total también debe respetar el tope.
Cuándo NO aplica este tope
- Locales comerciales, oficinas y bodegas: se rigen por el Código de Comercio y lo que pacten las partes.
- Vivienda rural: no está cubierta por la Ley 820.
- Contratos nuevos: si te vas a otro inmueble, el canon inicial se negocia libremente.
Si te quieren subir más
- Revisa la fecha de firma de tu contrato y la cláusula de reajuste.
- Responde por escrito citando la Ley 820 de 2003 y el IPC de 2025 (5,1 %).
- Guarda los comprobantes de pago con el valor correcto.
- Si no hay acuerdo, puedes acudir a la alcaldía, a un centro de conciliación o a un abogado.
Para propietarios
Subir el arriendo dentro del tope y avisar con tiempo evita conflictos y desocupaciones. Si tu inmueble queda libre, publícalo en Inmobi para encontrar un nuevo inquilino rápido, y lee nuestros consejos sobre los errores más comunes al arrendar.